TRADUCCION LIBRE
Un juez de Pensilvania dictaminó el jueves que los votantes que aprovecharon un plazo extendido para proporcionar una prueba de identificación faltante no se contarán sus boletas porque el funcionario del gobierno que otorgó la extensión no tenía la autoridad legal para hacerlo.
“La jueza de la Corte del Commonwealth, Mary Hannah Leavitt, dictaminó el jueves que la secretaria de Estado de Pensilvania, Kathy Boockvar, no tenía la autoridad para extender el plazo original del 9 de noviembre por 3 días”, informó Bloomberg Law. “El fallo significa que el estado de campo de batalla que ya ha sido declarado para el presidente electo Joe Biden no puede contar las boletas de los votantes que presentaron una identificación faltante entre el 10 y el 12 de noviembre. Las boletas con problemas de identificación ‘curados’ recibidos antes siendo desafiado “.
Y AHORA, este día 12 de noviembre de 2020, tras la consideración de la Petición de revisión de los peticionarios en la naturaleza de una denuncia en equidad, y los memorandos de ley presentados por las partes y el interventor-demandado propuesto, el Tribunal concluye que la Demandada Kathy Boockvar , en su capacidad oficial como Secretaria del Commonwealth, carecía de autoridad legal para emitir la guía del 1 de noviembre de 2020 a las Juntas Electorales del Condado de los Demandados en la medida en que esa guía pretendía cambiar la fecha límite en la Sección 1308 (h) del Código Electoral de Pensilvania, Ley de 3 de junio de 1937, PL 1333, según enmendada, 25 P.S. §3146.8 (h), para que ciertos electores verifiquen la prueba de identificación, según la interpretación y aplicación del Secretario Boockvar de la decisión de la Corte Suprema de Pensilvania en el Partido Demócrata de Pensilvania v. Boockvar, _ A.3d _ (Pa., No. 133 MM 2020 , presentada el 17 de septiembre de 2020).
En consecuencia, el Tribunal ORDENA que se prohíba a las Juntas Electorales del Condado de los Demandados contar las papeletas que hayan sido segregadas de conformidad con el párrafo 1 de la orden de este Tribunal con fecha del 5 de noviembre de 2020, otorgando una orden judicial especial.
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