REPUBLICA Y REPUBLICANISMO

File:Alegoría de la Primera República Española, por Tomás Padró.jpg -  Wikimedia Commons

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

El republicanismo es un término que denomina a quienes aman o son partidarios de la república (respublica) o tienen espíritu, carácter o condición de republicano. Si bien se usan regular e indistintamente en el lenguaje político y académico los conceptos republicanismo y república, se trata de términos similares pero no idénticos.

Al igual que el liberalismo o el socialismo, el republicanismo es un «ismo», vale decir, una teoría y práctica políticas que contiene una determinada interpretación de la realidad histórico–social y constituye una guía útil para la acción práctica. La república, por su parte, no es una doctrina o un movimiento político, sino designa la forma o la esencia de la política –si se considera su acepción amplia– o un régimen político opuesto a la monarquía –si se toma en cuenta su sentido restringido. Como término genérico, la república significa la cosa pública, la cosa del pueblo, la comunidad, la empresa común de los ciudadanos, dirigida por ellos para la consecución del bien común. En consecuencia, la res publica tiene una naturaleza eminentemente pública (polis) y se distingue por principio de todo lo que corresponde a la esfera privada (oikos) de la vida humana.

Como término genérico, al mismo tiempo, el concepto de república comprende una teoría de la soberanía política, según la cual todo poder político proviene del pueblo y todo acto de gobierno debe someterse a leyes justas que procuren el bien común. Ahora bien, como término específico, la república designa una forma de Estado, que se define en contraposición a la monarquía, en la que el ejercicio de la soberanía corresponde al pueblo, directamente o valiéndose de instituciones representativas. Este término específico, por cierto, no es ajeno al concepto genérico.

Por el contrario, el primero puede ser leído como el correlato lógico del segundo, en tanto que se acepta comúnmente que la mejor manera de abogar por la causa pública es depositando el poder en el pueblo y la mejor forma de defender los intereses del pueblo es abogando por el bien común. La cosa pública, en consecuencia, puede ser entendida también como la cosa del pueblo. Empero, también puede aceptarse –aunque a primera vista parezca paradójico– la existencia de una «monarquía republicana» o de una «aristocracia republicana», si se considera que ambas formas de gobierno gobiernan, valga la redundancia, atendiendo no el interés del uno o de los pocos, respectivamente, sino el interés general, que no es igual al interés de todos o a la suma de los intereses particulares.

Su sentido republicano descansa, por el contrario, en la crítica del poder como patrimonio del uno (tirano) o de los pocos (oligarquía).

Como se observa, el republicanismo es un concepto que incluye a la república pero que excede los alcances de la misma. Los republicanos, ciertamente, son defensores de la forma de gobierno republicana.

No hay republicanos que no defiendan a la república. Pero el republicanismo no se agota en la defensa de esa forma particular de gobierno, sino comprende definiciones más amplias y sustantivas sobre el conjunto del sistema social: sobre la economía, la cultura, la sociedad civil, etcétera. De ahí que pueda hablarse de una cultura o una sociedad civil republicanas.

La teoría que reúne el conjunto de leyes o principios generales que le dan sentido a la acción y coherencia al pensamiento de quienes se asumen a sí mismos como republicanos es el republicanismo. Y la forma política concreta que asume la teoría y práctica republicanas es la república. Dos conceptos, en síntesis, similares pero no iguales.

Al igual que muchos otros conceptos políticos (como democracia, libertad, igualdad, gobierno, etcétera), el término república no es estático sino está sujeto a diversas evoluciones semánticas. La historia y la filosofía política ponen en evidencia que su connotación no es la misma según se atienda a la Antigüedad griega o romana, a la Edad Media, a los tiempos modernos o a la época contemporánea.

En la Antigüedad grecolatina, la república es, literalmente, res publica, la cosa pública, la cosa del pueblo. Su acepción, por tanto, es genérica. Con el Renacimiento, el concepto de república sufre una mutación fruto de la crítica a las monarquías absolutas y a la doctrina de la soberanía popular. La república democrática es ahora una forma particular de Estado, ya no una forma general de la política, que se define en contraposición a la monarquía absoluta.

Su acepción es específica. Finalmente, con el advenimiento de la modernidad, el significado de la palabra república sufre una nueva transformación, más de forma que de contenido. En nuestros días, se identifica regularmente a la república como un gobierno representativo en el que el poder del jefe de Estado o presidente procede del voto de todos o de parte de los ciudadanos. Por ello, se habla actualmente de que países como México o Estados Unidos son repúblicas presidencialistas y de que España o Gran Bretaña son monarquías constitucionales.

En suma, el concepto república puede significar la cosa pública (término genérico); la teoría de la soberanía política (término genérico); la forma de Estado, basada en la soberanía popular, opuesta a la monarquía (término específico); o el gobierno representativo depositado en un jefe de Estado o presidente de la República (término específico) .

FUENTE: República y republicanismo: una aproximación a sus itinerarios de vuelo. http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0187-57952007000100001

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