MASONERIA

La Regularidad y el Reconocimiento

Corrientes en la Francmasonería


La Masonería es una Orden iniciática y esotérica que territorialmente se organiza en Grandes Logias o en Grandes Orientes de ámbito nacional; En los países de estructura federal pueden tener ámbito Estatal. Tanto las Grandes Logias como los Grandes Orientes son también conocidos como Obediencias. Desde el nacimiento de la Masonería moderna o especulativa, con la constitución en 1717 de la Gran Logia de Londres –desde la secular Masonería operativa o antigua–, se estableció la costumbre del mutuo reconocimiento entre sí de aquellas Grandes Logias o Grandes Orientes que por cumplir con ciertas normas se reconocen mutuamente Regulares, es decir, que siguen estrictamente la Tradición así como las primitivas normas de la Orden. 

Así pues la regularidad es en una parte el RECONOCIMIENTO entre diversos cuerpos masónicos tanto nacionales como internacionales, y en otra parte el ESTRICTO APEGO A LAS TRADICIONES MASONICAS.

Por tanto se entiende como irregular al cuerpo que NO está reconocido por la masonería, por haberse corrompido o desviado de sus objetivos o principios.

En nuestros días para que una Obediencia sea reconocida Regular por las demás debe acreditar que cumple con los siguientes principios básicos: 

  1. Regularidad de origen. Toda Gran Logia deberá ser regularmente establecida por una Gran Logia reconocida o por tres o más Logias regularmente constituidas. 
  2. La creencia en el Gran Arquitecto del Universo y de su voluntad revelada, debe constituir una obligación esencial para todos sus miembros. 
  3. Todos los iniciados deberán jurar su Obligación sobre el Volumen de la Ley Sagrada, debidamente abierto, donde esté la revelación de lo anteriormente citado, de conformidad con la conciencia particular de la persona que sea iniciada. 
  4. Que solo pueden ser miembros de la Gran Logia, así como de las Logias en particular, exclusivamente varones y que la Gran Logia no tenga relaciones masónicas de ninguna clase, con cualquier tipo de Logias o cuerpos que admitan, como miembros, a personas de sexo femenino. 
  5. Que la Gran Logia debe tener jurisdicción soberana sobre las Logias bajo su obediencia; que por lo tanto debe de ser responsable, independiente y con gobierno propio, con la sola e indiscutible autoridad sobre los tres primeros grados en toda su jurisdicción y no debe, en ningún caso, estar sujeta a compartir dicha autoridad con un Supremo Consejo o con cualquier otro poder que reclame algún control o supervisión sobre estos grados. 
  6. Que las discusiones sobre religión o política en las Logias deben de estar estrictamente prohibidas. 
  7. Que los Antiguos Principios, Usos y Costumbres, así como los Landmark de la Orden deben ser estrictamente observados.
La Regularidad en México

Reglas en Materia de Reconocimiento del Protocolo de la Confederación de Grandes Logias Regulares de Los Estados Unidos Mexicanos

La Confederación de Grandes Logias Regulares de los Estados Unidos Mexicanos, fue promulgada el 3 de abril e instalada el 11 de abril de 1934, en la Sala de Comisiones del Templo de la Gran Logia de Tamaulipas, en Tampico, Tamaulipas, contando entonces con 12 jurisdicciones fundadoras. Dicha Confederación estableció en la sesión del VI Congreso Masónico Nacional, celebrada del 6 al 13 de abril de 1941, en Chihuahua, Chihuahua, ocho normas básicas de reconocimiento, que se han integrado al cuerpo del Protocolo que sustenta la vigencia de la corresponsabilidad federativa de sus integrantes. A estas normas se han ajustado todas las obediencias de la República Mexicana llamadas regulares. A continuación se detallarán los acuerdos IV, V y VII, propios del tema de esta investigación:

 “IV.-SOBERANÍA.– La gran logia debe ser soberana e independiente, con autoridad única exclusiva e indiscutible, lo mismo por cuanto es esencial en la Francmasonería, como en lo administrativo, sobre los tres grados simbólicos de su jurisdicción. Su autoridad es indivisible y no puede compartirla con un Supremo Consejo o algún otro poder que reclame dominio sobre los mencionados tres grados simbólicos.

 V.– Las grandes logias confederadas no pueden desconocerse entre sí, ni reconocer como gran logia a cualquier otro grupo de masones que como tal se denomine dentro de la jurisdicción territorial que entre sí se reconocen; tampoco puede reconocer a cualquiera otra logia simbólica que no esté amparada con carta patente limpia y sin mancha, expedida por la gran logia regular reconocida.

 VII.– EXCLUSIVA JURISDICCIÓN TERRITORIAL.– Es inaceptable que el territorio ocupado por una potencia masónica se vea invadido por otra. Consiguientemente, la usurpación o invasión de territorio será motivo de desconocimiento de la potencia invasora.”

Las Jurisdicciones Regulares en México

En México solamente existen 31 Grandes Logias Regulares, por lo que todo cuerpo que no se encuentre jurisdiccionado a ellas es irregular y no tiene reconocimiento alguno ni nacional ni internacionalmente.

Las logias regulares que existen en México y que están reconocidas en todo el mundo (al igual que las Logias jurisdiccionadas a ellas) son las siguientes:

EstadoNombreFundación
AguascalientesGran Logia “Edmundo Games Orozco”4 de abril de 1998
Baja CaliforniaGran Logia de Baja California5 de febrero de 1933
Baja California SurGran Logia de Baja California Sur24 de febrero de 1978
CampecheGran Logia del Estado de Campeche23 de marzo de 1928
ChiapasGran Logia “Regular y Confederada del Estado de Chiapas”5 de febrero de 1933
ChihuahuaGran Logia “Cosmos”7 de marzo de 1905
CoahuilaGran Logia “Benito Juárez”Diciembre de 1890
ColimaGran Logia “Sur-Oeste”20 de abril de 1905
Estado de MéxicoGran Logia del Estado de México29 de noviembre de 1997
DurangoGran Logia “Guadalupe Victoria” (Con sede en la capital de Durango)8 de julio de 1923
GuanajuatoGran Logia del Estado de Guanajuato20 de mayo de 1996
GuerreroGran Logia del Estado de Guerrero18 de febrero de 1999
HidalgoGran Logia del Estado de Hidalgo23 de abril de 1905
JaliscoGran Logia “Occidental Mexicana”29 de noviembre de 1912
MichoacánGran Logia “Lázaro Cárdenas”28 de julio de 1969
MorelosGran Logia Soberana e Independiente1 de mayo de 1997
NayaritGran Logia del Estado de Nayarit7 de mayo de 1905
Nuevo LeónGran Logia de Nuevo León19 de marzo de 1905
OaxacaGran Logia “Benito Juárez García”25 de marzo de 1885
PueblaGran Logia “Ejercito de Oriente”6 de julio de 1996
QuerétaroGran Logia del Estado de Querétaro1 de noviembre de 1924
Quintana RooGran Logia “Andrés Quintana Roo”26 de abril de 1980
San Luis PotosíGran Logia “El Potosí”7 de agosto de 1891
SinaloaGran Logia de Sinaloa1 de septiembre de 1985
SonoraGran Logia “del Pacífico”6 de abril de 1905
TabascoGran Logia “Restauración”23 de marzo de 1923
TamaulipasGran Logia de Tamaulipas5 de mayo de 1909
VeracruzGran Logia “Unida Mexicana”11 de febrero de 1905
YucatánGran Logia “La Oriental Peninsular”25 de febrero de 1905
ZacatecasGran Logia “Jesús González Ortega”16 de junio de 1905
Distrito FederalGran Logia de la Ciudad de México24 de junio de 2010

Las anteriores Grandes Logias generalmente tienen su sede en las Capitales de los Estados, salvo algunas excepciones. Tienen bajo su jurisdicción Logias establecidas en todo el territorio del estado, para mayor información haga clic aquí.

FUENTE: https://masoneriacomarcalagunera.jimdofree.com/la-regularidad/?fbclid=IwAR3ZlnFR609NbJOafgHbn-hlIYneNyRQ4GoqwFfEWmdO5o-d6Ex3ptN_k8s

Categorías:MASONERIA

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.